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Guía

Por qué su caso de lesiones tarda tanto

Una guía clara sobre los plazos de un caso de lesiones personales en Nueva York: desde el tratamiento y el seguro sin culpa hasta el aviso de reclamación, el descubrimiento de pruebas, la nota de cuestión y el calendario de juicios, y cuáles demoras son estructurales y no responsabilidad de su abogado.

Por SettleScore · Publicado

La mayoría de las personas despide a su abogado por falta de comunicación, no por los resultados. La queja casi siempre es la misma: ha pasado un año, parece que no ocurre nada y nadie explica por qué. Por lo general sí está ocurriendo algo, y la mayor parte de la espera es propia del sistema, no una decisión de alguien. Esta es la guía.

Primera etapa: tratamiento, antes que nada

No se puede determinar el valor de un caso hasta que su situación médica deje de cambiar. Su abogado espera a que termine el tratamiento o a que llegue al punto en que los médicos no prevean más mejoría, porque una oferta de conciliación presentada antes fijaría una cifra basada en lesiones que quizá todavía no hayan terminado de evolucionar.

En un caso de accidente automovilístico, hay otro proceso que avanza en paralelo. El seguro sin culpa cubre los primeros $50,000 de gastos médicos y salarios perdidos, independientemente de quién tuvo la culpa, conforme a Insurance Law 5102(a), pero solo si se presentan los documentos a tiempo: aviso por escrito a la aseguradora dentro de los 30 días del accidente, facturas dentro de los 45 días del tratamiento y comprobantes de salarios dentro de los 90 días, según el Department of Financial Services.

Segunda etapa: si demanda a la Ciudad

Los casos contra una entidad pública tienen una etapa inicial adicional. Debe notificar una reclamación dentro de los 90 días conforme a General Municipal Law 50-e. Luego, la Ciudad puede exigir una declaración jurada en virtud de la Section 50-h, y no puede presentar una demanda hasta que comparezca para rendirla. Mientras tanto, la oficina del Contralor investiga y puede llegar a un acuerdo, pero su plazo vence cuando se presenta una demanda o cuando transcurre un año y 90 días desde el incidente, tal como explica esa oficina a quienes presentan reclamaciones.

El volumen ayuda a explicar el ritmo. El informe de reclamaciones del año fiscal 2023 del Contralor contabilizó 18,895 reclamaciones por lesiones personales presentadas contra la Ciudad en un solo año, y la oficina informó que al año siguiente resolvió 13,397 reclamaciones por $1.94 mil millones. Su expediente es uno de los miles que están sobre el escritorio de un ajustador.

Tercera etapa: la demanda propiamente dicha

Presentar la demanda es el comienzo, no el final. La citación y la demanda deben notificarse dentro de los 120 días posteriores a la presentación, conforme a CPLR 306-b. El demandado responde, el tribunal celebra una conferencia preliminar y luego comienza el descubrimiento de pruebas: solicitudes por escrito, autorizaciones médicas, declaraciones de todas las personas involucradas y un examen médico de usted solicitado por la defensa.

Durante el descubrimiento de pruebas pueden desaparecer meses, y la razón sincera es que depende de otras personas. Los hospitales tardan semanas en entregar los expedientes. Los testigos se mudan. Los abogados de la defensa aplazan las declaraciones. Si hay varios demandados, hay varios calendarios, y a cada uno le toca su turno.

Cuando termina el descubrimiento de pruebas, su abogado presenta una nota de cuestión que coloca el caso en el calendario de juicios conforme a CPLR 3402. Esa presentación inicia otro plazo: cualquiera de las partes tiene 120 días para solicitar un juicio sumario conforme a CPLR 3212(a), y la preparación de los escritos y la decisión sobre esa solicitud suelen añadir varios meses.

Cuarta etapa: mediación y el calendario de juicios

Muchos tribunales de Nueva York remiten los casos civiles a mediación antes del juicio, y en algunos condados un juez puede enviar su caso a un programa presuntivo de resolución alternativa de disputas en casi cualquier etapa. Por lo general, la mediación vale la espera, ya que es el lugar más común donde los casos realmente se resuelven.

Después de eso, tendrá que esperar a que haya una sala de audiencias disponible, detrás de todos los demás casos presentados antes que el suyo. El tablero de datos de carga de casos del estado hace seguimiento de las presentaciones, las resoluciones y los casos pendientes; en los condados más ocupados, la cantidad acumulada de casos pendientes lo explica todo.

Qué es lo que realmente causa más demoras

Las interrupciones en su tratamiento, porque dan pie a una disputa en lugar de una oferta. Las llamadas sin respuesta para obtener expedientes o autorizaciones. Una dirección o un número de teléfono que su abogado no tiene. Los gravámenes pendientes que se descubren al final en vez de a mitad del proceso. Y un demandado con poca cobertura de seguro, lo que convierte un caso sencillo en una búsqueda de otras partes responsables.

Tenga presente que el plazo de tres años establecido por CPLR 214 es el límite para iniciar el caso, no para terminarlo. Un caso presentado en el tercer año apenas comienza en ese momento.

Nada de esto hace aceptable la falta de comunicación. Si un bufete no puede decirle en qué etapa está su caso y qué está esperando, se trata de un problema de comunicación, no de calendario, y vale la pena tenerlo en cuenta antes de contratar a alguien.

Si todavía está eligiendo abogado, use nuestras clasificaciones de bufetes para comparar los resultados de casos publicados. Luego pregunte a los bufetes con los que se comunique cómo mantienen informados a sus clientes durante un caso prolongado.

Este artículo ofrece información general sobre las leyes de Nueva York; no constituye asesoramiento legal para su situación.

Fuentes: Insurance Law 5102 · NYS DFS No-Fault FAQs · GML 50-e · GML 50-h · NYC Comptroller, Personal Injury Claim FAQs · NYC Comptroller, FY2023 Annual Claims Report · NYC Comptroller, FY2024 claims dashboard release · CPLR 306-b · CPLR 3402 · CPLR 3212 · Presumptive ADR Program · NY Courts caseload trends dashboard · CPLR 214